A partir del 1 de Enero de 2.013, la Certificación Energética será aplicación a todos los edificios existentes, cuando sean objeto de contrato de compraventa o de
arrendamiento
El propietario del edificio completo, vivienda ó local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente será responsable de encargar la realización de
la certificación de eficiencia energética del edificio, o de la parte del mismo, según corresponda, en los casos en que venga obligado por este real decreto. También
será responsable de conservar la correspondiente documentación.
Pueden descargarse el citado Real Decreto aquí: